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Marco legal y pautas para la figura del coordinador de bienestar

Las escuelas catalanas incorporarán esta figura el próximo curso escolar

La escuela debe ser un espacio seguro y protector para los todos los alumnos. La violencia en el entorno escolar es una de las lacras que sufre la infancia en la actualidad; datos como los que revela la ONG Bullying Sin Fronteras, según los cuales siete de cada diez niños sufren acoso escolar en España, nos alertan de una infancia cada vez más marcada por el conflicto y la inseguridad, en sociedades presumiblemente pacíficas.

Este contexto exige tomar medidas inmediatas. En España el primer paso ya se ha dado, al hacer constar esta necesidad en la nueva ley de educación (LOMLOE), y, sobre todo, al priorizar esta cuestión en el texto de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI).

La lucha contra la violencia en la infancia es un imperativo de derechos humanos

En este sentido, en el preámbulo de la LOPIVI se declara que «la lucha contra la violencia en la infancia es un imperativo de derechos humanos. Para promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño es esencial asegurar y promover el respeto de su dignidad humana e integridad física y psicológica, mediante la prevención de toda forma de violencia».

Para dar cumplimiento a este imperativo, la Conselleria d'Educació de la Generalitat de Catalunya ha establecido que en todos los centros escolares haya un coordinador o coordinadora de bienestar y protección. Este nuevo rol está orientado a la prevención, detección y protección de los niños y adolescentes frente a casos de violencia y acoso en el entorno escolar.

Catalunya implantará el próximo curso la figura del docente coordinador de coeducación, convivencia y bienestar en todos los centros escolares

En Catalunya la nueva figura se implantará en todas las escuelas e institutos el próximo curso (2024-2025), según anunció el conseller d’Educació, Josep Gonzàlez-Cambray, el pasado 2 de mayo, y recibirá el nombre de «docente coordinador de coeducación, convivencia y bienestar».

El nuevo rol será asumido por uno de los docentes del centro, quien, en palabras d’Educació, «impulsará la coeducación, y velará por la convivencia y el bienestar emocional en el centro». Además, se coordinará con la dirección para implementar el Proyecto de Convivencia, y para detectar situaciones de violencia, garantizando en todo caso la activación de los protocolos que correspondan.

Los centros escolares serán quienes asignarán la tarea de coordinación a uno de los docentes

Los centros serán los encargados de designar la figura del coordinador de bienestar, y todos los docentes que asuman esta nueva responsabilidad recibirán formación al respecto, cuyo contenido aún se está definiendo.

Guías y recomendaciones

El año pasado, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y el Pleno del Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar aprobaron y dieron a conocer la guía «Coordinador o coordinadora de bienestar y protección en la comunidad escolar», cuyo objetivo es ofrecer pautas para su implantación en los centros educativos. En dicha guía se dividen las funciones del coordinador o coordinadora en torno a cinco fases de acción:

1. La planificación de las actuaciones para garantizar la protección de los estudiantes desde el entorno escolar.

2. La prevención, por medio de acciones de sensibilización dirigidas a toda la comunidad educativa.

3. La organización y promoción de la formación, que se ofrecerá tanto al personal del centro como al alumnado para prevenir, detectar y abordar los casos de violencia y acoso escolar.

4. La detección de situaciones de violencia en el ámbito escolar por parte del coordinador o coordinadora de bienestar y protección. Entre las actuaciones destinadas a esta función se encuentran: diseñar un protocolo de actuación, establecer un canal de comunicación para notificar casos de acoso escolar, dotar al alumnado de capacidades para detectar situaciones de violencia, etc.

5. La intervención en situaciones de violencia escolar. Para ello, el coordinador o coordinadora debe construir un entramado de colaboraciones internas (equipo directivo, docentes, familias, alumnado, servicios de orientación) y externas (servicios sociales, sanidad, cuerpos y fuerzas de seguridad) que garanticen que el centro educativo sea un entorno protector.

Asimismo, organizaciones como Unicef han publicado sus propias guías, con el objetivo de orientar al profesorado sobre la puesta en marcha de acciones que garanticen centros educativos basados en una cultura de bienestar, paz y respeto.

La falta de protección de la infancia es una inquietud expresada por familias, organizaciones, comunidad educativa y gobiernos. Se trata de una problemática compleja que demanda soluciones innovadoras por parte de todos los agentes sociales. A este respecto, la ONG Educo ha organizado el primer laboratorio social, en el que participan una veintena de profesionales de distintos ámbitos, para crear proyectos piloto para combatir la violencia contra la infancia.

La erradicación de la violencia contra la infancia es uno de los propósitos recogidos por los ODS

Es tal la magnitud de esta problemática a nivel mundial que, de hecho, la erradicación de la violencia contra la infancia es uno de los propósitos recogidos en varios de los objetivos planteados por la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030, adoptada en 2015 por la comunidad internacional y en la que se establecen 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Para alcanzar una educación de calidad son necesarios entornos de aprendizaje seguros, no violentos, inclusivos y eficaces para todos

En referencia a la protección del colectivo infantil, el ODS 16.2 proclama: «Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños»; del mismo modo, en el ODS 4 se remarca que para alcanzar una educación de calidad son necesarios «entornos de aprendizaje seguros, no violentos, inclusivos y eficaces para todos».

Fuentes:

Bullying sin fronteras: https://bullyingsinfronteras.blogspot.com/2018/10/estadisticas-mundiales-de-bullying_29.html

LOPIVI: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-9347

Guía del Ministerio: Coordinador o coordinadora de bienestar y protección en la comunidad escolar - Publicaciones - Ministerio de Educación y Formación Profesional (educacion.gob.es)

Guía UNICEF: Protección de la infancia desde el entorno escolar | UNICEF

Educo: https://educowebmedia.blob.core.windows.net/educowebmedia/educospain/media/docs/notas-prensa/2023/ndp_lab.pdf

ODS 2030: Objetivos y metas de desarrollo sostenible - Desarrollo Sostenible (un.org)

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